Estos son algunos consejos para los inquilinos sobre los plazos legales para el desalojo en el estado de Washington.
Cronología del desalojo:
Día 1: El inquilino debe pagar el alquiler (vencido o nuevo) y el propietario le propone un plan de pago.
Día 2: El alquiler sigue sin pagarse y no se ha llegado a un acuerdo sobre un plan de reembolso; el propietario entrega notificaciones de “pago o desalojo” y del Programa Piloto de Resolución de Desahucios (ERPP):
- Entregar la notificación al inquilino o a otro adulto que viva con él, pegar la notificación en la puerta o enviarla por correo.
- Una rescisión verbal en persona, por teléfono o por correo de voz, o una notificación por escrito a través de un texto o un correo electrónico no es una notificación adecuada.
Días 3-15: El inquilino tiene 14 días para…
- Acudir con la totalidad del importe adeudado en el aviso de 14 días.
- Inscríbase en un programa piloto de resolución de desahucios (mediación).
- Durante la mediación:
- Si el inquilino acepta negociar y se inscribe en el ERPP, se pondrá en contacto con él un gestor de casos del Centro de Resolución de Conflictos (DRC). El gestor del caso asesorará al inquilino y le ayudará a crear una contraoferta.
- Las contraofertas pueden ir de un lado a otro hasta que se llegue a un acuerdo o el propietario y el inquilino pidan un mediador.
- Mediante lanzaderas telefónicas o negociaciones en directo con el mediador, el inquilino y el propietario negocian; el mediador documenta el resultado de las negociaciones.
- Al finalizar, el Centro de Resolución de Disputas emitirá un certificado para el inquilino/arrendador (ya sea que hayan llegado a un acuerdo o que haya habido intentos).
Día 16: El alquiler sigue sin pagarse; el propietario presenta una demanda por retención ilegal (citación y demanda de desahucio).
- El propietario debe tener un certificado en el que conste que intentó la mediación, pero no tuvo éxito.
- El inquilino tiene 7 días para responder a la citación y a la demanda o perderá el juicio por incomparecencia.
Día 23: El inquilino debe responder y puede optar por presentar una notificación de comparecencia.
- La notificación de comparecencia contiene las defensas contra los desahucios, además de todo el dinero del inquilino que el propietario tiene retenido.
Día “24” o el día en que está programada la audiencia: Se celebra una audiencia de exposición de motivos, se dicta sentencia (en rebeldía si no se ha presentado respuesta).
- Si el inquilino responde, ambas partes acuden a los tribunales. El juez escucha a ambas partes y dicta sentencia.
- Si el propietario gana, el tribunal emitirá una orden de restitución y una sentencia por la cantidad de dinero del alquiler y las tasas de retraso que el inquilino debe (hasta 75 dólares) más los honorarios del tribunal y del abogado.
- Si el inquilino gana, el caso se desestima. La presentación aparece en el registro del inquilino, a menos que obtenga una orden de difusión limitada.
- Si hay una cuestión de hecho, el juez puede enviar el caso a juicio.
Días 25 a 29: Dentro de los 5 días siguientes a la entrada de la sentencia, el inquilino puede ser readmitido si paga la totalidad del alquiler adeudado, más las tasas de retraso, las costas judiciales y los honorarios de los abogados.
Día 30: El sheriff entrega al inquilino la orden de restitución.
Día 33: El sheriff puede ejecutar la orden judicial (72 horas después de ser notificado).
Día 34: Cuando se ejecuta la orden judicial, el sheriff suele acudir a la propiedad y supervisa que el propietario retire al inquilino y sus pertenencias.
Los días exactos pueden variar según el caso.
Recursos de desahucio:
Obtenga ayuda legal:
- Para obtener ayuda legal en materia de vivienda y desahucio a través del ELAP, rellene este formulario en línea.
- O llame a la línea de ayuda de ELAP de lunes a viernes de 10 a.m. a 2 p.m. al 425-747-7274 (inglés) o 425-620-2778 (español).